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Las Practicas de Privacidad
FECHA DE VIGENCIA DE LA POLÍTICA: 14 DE ABRIL DE 2003
NOTIFICACIÓN SOBRE LAS PRÁCTICAS DE PRIVACIDAD
Para el Vail Valley Medical Center y el Centro de Cirugía Vail Valley.
Esta notificación describe cómo se puede utilizar y revelar su información médica, y cómo puede acceder a esta información. Le agradeceremos que lea atentamente lo que sigue a continuación.
La información sobre su salud es personal, y asumimos el compromiso de protegerla. La información sobre su salud también es muy importante para que podamos brindarle una atención de calidad, y cumplir con ciertas leyes. Esta notificación se aplica a toda la historia sobre su atención que se brinde en cualquiera de nuestros establecimiento, incluyendo el Vail Valley Medical Center, Edward Pavilion, Shaw Pavilion, el Centro Médico Beaver Creek, el Centro Médico de Avon y la Clínica Médica Eagle, y nuestras entidades afiliadas con cobertura, tales como el Centro de Cirugía Vail Valley. Esta notificación se aplica a toda la historia de su atención en nuestras instalaciones o en las entidades afiliadas, ya sea que la misma sea preparada por el hospital, el personal de la institución o por su médico. (Su médico puede tener políticas diferentes y una notificación distinta con relación a la información de su salud que haya sido creada en el consultorio del médico).
La Ley de portabilidad y contabilidad del seguro de salud (HIPAA, en inglés) no se aplica a la revelación de información relacionada con temas de indemnizaciones. En virtud de la ley de Colorado, la información sobre su salud relevante para temas de indemnizaciones a los trabajadores se revelará a la compañía aseguradora para las indemnizaciones de los trabajadores de su empleador o a un tercero administrador y a su empleador.
I. SE NOS EXIGE POR LEY QUE RESGUARDEMOS LA INFORMACIÓN PROTEGIDA SOBRE SU SALUD Por ley, debemos:
A. Mantener la privacidad de la información sobre su salud, conocida también como la información protegida sobre la salud (PHI, en inglés)
B. Entregarle esta notificación.
C. Cumplir con esta notificación.
II. CAMBIOS FUTUROS A NUESTRAS PRÁCTICAS Y A ESTA NOTIFICACIÓN
Nos reservamos el derecho de cambiar nuestras prácticas de privacidad y a hacer cualquier cambio aplicable a la PHI que obtuvimos de usted antes del cambio. Si el cambio en nuestras prácticas es material, modificaremos esta Notificación para reflejar el cambio. Puede obtener una copia de cualquier modificación a esta Notificación comunicándose al Funcionario de Privacidad, en 181 West Meadow Drive, Vail, Colorado 81657. Nosotros también pondremos las nuevas Notificaciones a disposición de nuestro Departamento de Internaciones y de nuestro Departamento de Emergencia.
III. CÓMO PODEMOS USAR Y REVELAR LA INFORMACIÓN PROTEGIDA SOBRE SU SALUD
La ley exige que tengamos su autorización escrita para realizar ciertos usos y revelaciones. En otras circunstancias, la ley nos permite usar o revelar la PHI sin su autorización escrita. A continuación se incluyen ejemplos de cada una de esas circunstancias.
A. Usos y revelaciones para tratamientos, pagos y operaciones de atención sanitaria. Podemos usar y revelar su PHI para brindarle tratamiento. Por ejemplo, podemos revelar su PHI a médicos, enfermeros y otro personal de atención médica que participe de su cuidado. También podemos usar y revelar su PHI para comunicarnos con usted a fin de recordarle que tiene una cita para un tratamiento en nuestra institución, para comentarle o recomendarle nuestras opciones terapéuticas posibles, alternativas o sobre beneficios o servicios vinculados con la salud que
puedan interesarle.
También podemos usar o revelar su PHI a su compañía aseguradora a fin de obtener el pago del tratamiento brindado. Por ejemplo, podemos usar su PHI para crear las facturas que someteremos a la compañía de seguro o podremos revelar ciertas partes de su PHI a nuestros socios comerciales que se encargan de nuestros servicios de facturación y reclamos de reembolsos.
También podemos usar o revelar su PHI para hacer funcionar esta institución. Por ejemplo, podemos usar su PHI para evaluar la calidad de la atención que recibió de nosotros o evaluar el desempeño de las personas encargadas de su atención. También podemos proporcionar su PHI a nuestros abogados, contadores y otros consultores para asegurarnos de que estamos cumpliendo con las leyes que nos competen. También podemos proporcionar su información de contacto (como nombre, domicilio y número de teléfono) y las fechas en que recibió nuestros servicios como fundamento que nos ayude con nuestros esfuerzos para
recaudar fondos.
B. Usos y revelaciones que requieren que le demos la oportunidad de objetar. Si usted no presenta una objeción, podemos incluir su nombre, ubicación en nuestra institución y condición general en el directorio de pacientes que usamos al responder los pedidos de aquellas personas que preguntan por usted, por su nombre. Si no presenta objeciones, también podemos revelar información del directorio y de su filiación religiosa al clérigo que visite la institución. A menos que usted presente una objeción, podremos proporcionar partes relevantes de su PHI a un familiar, amigo u otra persona que usted indique, que esté involucrado en su atención médica o que lo ayude a obtener el pago para su atención médica. En una emergencia o cuando usted no es capaz de prestar su consentimiento o presentar una objeción a estas revelaciones, revelaremos la PHI en la medida que consideremos que es para su mejor interés, aunque se lo diremos más tarde, una vez que pasó la emergencia, y le daremos la oportunidad de presentar objeciones sobre revelaciones a su familia y amigos en el futuro. A menos que usted presente una objeción, también podremos revelar su PHI a personas que realicen actividades de notificación de gestiones de ayuda en catástrofes.
C. Ciertos usos y revelaciones no exigen su autorización escrita para otros usos y revelaciones que no sean tratamientos, pagos y operaciones de atención sanitaria. La ley nos permite revelar PHI sin su autorización por escrito en las siguientes circunstancias:
Cuando se exige por ley. Revelaremos la PHI cuando así lo exijan las leyes federales, estatales o locales.
1. Para actividades de salud pública. Por ejemplo, revelamos PHI cuando informamos una sospecha de abuso infantil, la ocurrencia de ciertas enfermedades o las reacciones adversas a un medicamento o a un dispositivo médico.
3. Para informes sobre víctimas de abuso, negligencia o violencia doméstica. Revelaremos su PHI en estos informes sólo si se nos exige o la ley nos autoriza a hacerlo, o si usted da su autorización de cualquier otra forma.
4. A las agencias de supervisión sanitaria. Proporcionaremos PHI en la medida que lo soliciten agencias gubernamentales que tengan autoridad para auditar o investigar sus operaciones.
5. Ante juicios y controversias. Si está involucrado en un juicio o controversia, podemos revelar su PHI en respuesta a una citación u otro pedido legal, aunque sólo si se agotaron todas las instancias para decirle sobre la solicitud u obtener una orden judicial que proteja la PHI solicitada.
6. Para cumplir con la ley. Podemos revelar PHI si nos lo solicita un agente de la ley, en las siguientes circunstancias: (a) en respuesta a una orden judicial, orden de comparecencia, orden de allanamiento, citaciones o procesos similares; (b) para identificar o localizar un sospechoso, fugitivo, testigo material o desparecido; (c) sobre la víctima de un delito si, bajo ciertas circunstancias limitadas, no podemos obtener el consentimiento de una persona; (d) sobre una muerte que creemos podría estar relacionada a una conducta criminal; (e) sobre conductas delictivas en nuestra institución; y (f) en casos de emergencia, para reportar un delito, su ubicación o las víctimas, o la identidad, descripción o ubicación de la persona que cometió el delito.
7. A jueces de instrucción, médicos forenses y directores de funerarias. Podemos revelar la PHI para facilitar las tareas de estas personas.
8. A organizaciones de ablación de órganos. Podemos revelar la PHI para facilitar la donación y el trasplante de órganos.
9. Para investigación médica. Podemos revelar su PHI sin su autorización escrita a investigadores médicos; no obstante, en muy raras excepciones esas revelaciones deben liberarse a través de un proceso de aprobación especial antes de que se revele la PHI a los investigadores, a los que se les exigirá medidas para salvaguardar la PHI que reciben.
10. Para evitar una amenaza seria a la salud o la seguridad. Podemos revelar su PHI a alguien que pueda ayudar a evitar una amenaza seria para su salud y seguridad, o la salud y la seguridad de otra persona o el público.
11. Para funciones gubernamentales especializadas. Por ejemplo, podemos revelar su PHI a funcionarios federales autorizados por ley, o de manera tal que puedan proporcionar servicios de protección al Presidente, o a jefes de estados extranjeros o llevar a cabo investigaciones especiales autorizadas por ley.
PERSONAS EXTRAORDINARIAS. ATENCIÓN EXTRAORDINARIA.
12. A programas de indemnización a trabajadores o similares. Podemos proporcionar su PHI a estos programas a fin de que obtenga beneficios por lesiones o enfermedades relacionadas con el trabajo.
Para algunos tipos de PHI, puede haber restricciones más estrictas sobre el uso o la revelación de PHI. Por ejemplo, la información sobre el tratamiento de pacientes drogadictos y alcohólicos, los resultados de los análisis para detectar el VIH, la información de la salud mental y los resultados de pruebas genéticas pueden estar sujetos a una mayor protección de su privacidad. En general, podemos revelar la PHI de un menor a su padre o tutor, aunque podemos negar el acceso de los padres a la PHI de un menor en algunas situaciones. IV. OTROS USOS Y REVELACIONES DE LA INFORMACIÓN PROTEGIDA DE SU SALUD.
Otros usos y revelaciones de su PHI que no están cubiertas por esta Notificación ni por las leyes que nos incumben, sólo se realizarán con su autorización por escrito. Si nos brinda una autorización escrita para el uso o la revelación de su PHI, puede revocar esa autorización por escrito, en cualquier momento. Si revoca su autorización, no utilizaremos ni revelaremos más su PHI para los fines especificados en la autorización escrita, a excepción de que no podemos evitar las revelaciones ya hechas con su permiso, y se requiere conservar ciertos registros de los usos y revelaciones realizadas cuando la autorización estaba vigente.
V. SUS DERECHOS CON RELACIÓN A LA INFORMACIÓN PROTEGIDA DE SU SALUD.
Usted tiene los siguientes derechos: A. El derecho a solicitar limitaciones en el uso y la revelación de su PHI. Tiene el derecho a pedirnos que limitemos el uso y la revelación de su PHI, en la medida que no nos pida que limitemos los usos y revelaciones que se exigen o que están autorizadas a hacerse a la Secretaría del Departamento Federal de Servicios de Salud, relacionados con el directorio de pacientes de nuestra institución, o cualquiera de las revelaciones descriptas en la Sección III, las pondremos por escrito y se someterán al acuerdo salvo en los casos en que requiera un tratamiento de emergencia.
B. El derecho a escoger cómo nos comunicamos con usted. Tiene el derecho a pedir que le enviemos información a un domicilio específico (por ejemplo, por correo electrónico en lugar de correo regular, o nunca por teléfono). Debemos cumplir con su solicitud.
C. El derecho a ver y copiar su PHI. Salvo en circunstancias limitadas, usted podrá ver y copiar su PHI si así lo pide por escrito. Este tipo de solicitudes deben dirigirse a nuestro Departamento de Historias clínicas, el que responderá a su solicitud dentro de los 30 días siguientes (o 60 días si es necesario más tiempo). En ciertas situaciones podemos negarnos a satisfacer su solicitud, pero si lo hacemos, le diremos por escrito los motivos para la negación, y le explicaremos cuáles son sus derechos para que se reconsidere la decisión.
Puede pedirnos que copiemos su PHI por un arancel nominal.
Alternativamente, podemos proporcionarle un resumen o explicación de su PHI, en la medida que esté de acuerdo con ello y con el costo, por adelantado.
D. El derecho a corregir o a actualizar su PHI. Si cree que su PHI está incompleta o es incorrecta, nos podrá pedir que la modifiquemos. Este tipo de solicitud deberá realizarse por escrito y dirigirlo a nuestro Departamento de Historias clínicas, y nos debe decir por qué piensa que las modificaciones son inadecuadas. No procesaremos su pedido si no está por escrito o no nos dice por qué piensa que las modificaciones son inadecuadas. Tomaremos acción a su pedido dentro de los 60 días siguientes (o 90 días si se precisa más tiempo), y le informaremos por escrito si se realizarán o se rechazarán las modificaciones. Si estamos de acuerdo en realizar las modificaciones, le preguntaremos a quién más desearía notificar la modificación. Podemos rechazar su solicitud si nos pide que modifiquemos información que:
1. No fue creada por nosotros, a menos que la persona que creó la información ya no esté disponible para efectuar la modificación.
2. No es parte de la PHI que conservamos sobre usted.
3. No es parte d ela PHI que se le permitiría leer o copiar.
4. Nosotros determinamos que es exacta y completa.
Si r echazamos la modificación solicitada, le diremos por escrito cómo presentar una declaración de desacuerdo de reclamo, o pedir la inclusión de su pedido de modificación original en su PHI.
E. El derecho a obtener un listado de las revelaciones que realizamos. Tiene el derecho a obtener un listado de las instancias en que revelamos su PHI. El listado no incluirá revelaciones que hayamos hecho directamente a usted o a su familia o amigos, o a través del directorio del establecimiento, o con fines de notificación de catástrofes. El listado tampoco incluirá revelaciones que hicimos con su autorización escrita, para fines de seguridad nacional o a personal encargado de hacer cumplir la ley, la revelación de grupos de datos limitados o las revelaciones efectuadas antes del 14 de abril de 2003.
Deberá presentar su solicitud de listado de revelaciones por escrito, y dirigirla a nuestro Departamento de Historias clínicas. Responderemos a su pedido durante los 60 días siguientes (o 90 días si es necesario más tiempo). El listado que le proporcionemos incluirá las revelaciones efectuadas durante los últimos seis años, a menos que especifique un período más corto.El primer listado que solicite dentro de un período de 12 meses será gratuito. Deberá pagar por los costos de proporcionarle listados adicionales dentro de un período de 12 meses.
F. El derecho a obtener una copia en papel de esta notificación. Aún cuando haya estado de acuerdo en recibir la Notificación por correo electrónico, tiene el derecho a pedir también una copia en papel. La Notificación también está disponible en nuestro Departamento de Internaciones y en nuestro Departamento de Emergencias. Puede obtener una copia en papel de esta Notificación, comunicándose con: Funcionario de Privacidad
Vail Valley Medical Center
PO Box 1150
Vail, CO 81658
VI. RECLAMOS.
Si cree que se violaron sus derechos de privacidad, podrá presentar un reclamo ante nosotros o ante la Secretaría del Departamento Federal de Salud y Servicios Humanos. Le agradeceremos que presente sus reclamos por escrito al Funcionario de Privacidad en el domicilio incluido anteriormente.
No tomar emos represalias contra usted por presentar un reclamo. También puede comunicarse con nuestro Funcionario de Privacidad si tiene preguntas o comentarios sobre nuestras prácticas de privacidad.
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